DEFINICIONES
Accidente
de trabajo. Suceso repentino que sobreviene por causa o
con ocasión del trabajo, y que produce en el trabajador una lesión orgánica,
una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de
trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o
durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera del lugar y
horas de trabajo (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).
Actividad
rutinaria. Actividad que forma parte de un proceso de la
organización, se ha planificado y es estandarizable.
Actividad
no rutinaria. Actividad que no se ha planificado ni
estandarizado, dentro de un proceso de la organización o actividad que la
organización determine como no rutinaria por su baja frecuencia de ejecución.
Análisis
del riesgo. Proceso para comprender la naturaleza del
riesgo (véase el numeral 2.31) y para determinar el nivel del riesgo (véase el
numeral 2.25) (ISO 31000).
Consecuencia.
Resultado,
en términos de lesión o enfermedad, de la materialización de un riesgo,
expresado cualitativa o cuantitativamente.
Competencia.
Atributos personales y aptitud demostrada para aplicar conocimientos y
habilidades. GUÍA TÉCNICA COLOMBIANA GTC 45 (Primera actualización)
Diagnóstico
de condiciones de trabajo. Resultado del procedimiento sistemático
para identificar, localizar y valorar “aquellos elementos, peligros o factores
que tienen influencia significativa en la generación de riesgos para la
seguridad y la salud de los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en
esta definición: a) Las características generales de los locales,
instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el lugar de
trabajo; b) la naturaleza de los peligros físicos, químicos y biológicos
presentes en el ambiente de trabajo, y sus correspondientes intensidades,
concentraciones o niveles de presencia; c) los procedimientos para la
utilización de los peligros citados en el apartado anterior, que influyan en la
generación de riesgos para los trabajadores; y d) la organización y
ordenamiento de las labores incluidos los factores ergonómicos y psicosociales”
(Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).
Diagnóstico
de condiciones de salud. Resultado del procedimiento sistemático
para determinar “el conjunto de variables objetivas de orden fisiológico,
psicológico y sociocultural que determinan el perfil sociodemográfico y de
morbilidad de la población trabajadora” (Decisión 584 de la Comunidad Andina de
Naciones).
Elemento
de Protección Personal (EPP). Dispositivo que sirve como
barrera entre un peligro y alguna parte del cuerpo de una persona.
Enfermedad.
Condición física o mental adversa identificable, que surge, empeora o ambas, a
causa de una actividad laboral, una situación relacionada con el trabajo o
ambas (NTC-OHSAS 18001). Enfermedad
profesional. Todo estado patológico que sobreviene como consecuencia
obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que
se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos,
químicos o biológicos (Ministerio de la Protección Social, Decreto 2566 de
2009).
Equipo
de protección personal. Dispositivo que sirve como medio de
protección ante un peligro y que para su funcionamiento requiere de la
interacción con otros elementos. Ejemplo, sistema de detección contra caídas.
Evaluación
higiénica. Medición de los peligros ambientales presentes en el
lugar de trabajo para determinar la exposición ocupacional y riesgo para la
salud, en comparación con los valores fijados por la autoridad competente.
Evaluación
del riesgo. Proceso para determinar el nivel de asociado
al nivel de probabilidad y el nivel de
consecuencia.
Exposición.
Situación en la cual las personas se encuentran en contacto con los peligros.
Identificación
del peligro. Proceso para reconocer si existe un peligro y
definir sus características.
Incidente.
Evento(s) relacionado(s) con el trabajo, en el (los) que ocurrió o pudo haber
ocurrido lesión o enfermedad (independiente de su severidad) o víctima mortal
(NTC-OHSAS 18001).
Lugar
de trabajo. Espacio físico en el que se realizan actividades
relacionadas con el trabajo, bajo el control de la organización (NTC-OHSAS
18001).
Medida(s)
de control. Medida(s) implementada(s) con el fin de
minimizar la ocurrencia de incidentes.
Monitoreo
biológico. Evaluación periódica de muestras biológicas (ejemplo
sangre, orina, heces, cabellos, leche materna, entre otros) tomadas a los
trabajadores, con el fin de hacer seguimiento a la exposición a sustancias
químicas, a sus metabolitos o a los efectos que éstas producen en los
trabajadores.
Nivel
de consecuencia (NC). Medida de la severidad de las
consecuencias.
Nivel
de deficiencia (ND). Magnitud de la relación esperable entre (1)
el conjunto de peligros detectados y su relación causal directa con posibles incidentes
y (2), con la eficacia de las medidas preventivas existentes en un lugar de
trabajo.
Nivel
de exposición (NE). Situación de exposición a un peligro que se
presenta en un tiempo determinado durante la jornada laboral.
Nivel
de probabilidad (NP). Producto del nivel de deficiencia por el
nivel de exposición.
Nivel
de riesgo. Magnitud de un riesgo resultante del producto del nivel
de probabilidad por el nivel de consecuencia.
Partes
Interesadas. Persona o grupo dentro o fuera del lugar de
trabajo involucrado o afectado por el desempeño de seguridad y salud
ocupacional de una organización (NTC-OHSAS 18001).
Peligro.
Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o
lesión a las personas, o una combinación de éstos (NTC-OHSAS 18001).
Personal
expuesto. Número de personas que están en contacto con peligros.
Probabilidad.
Grado de posibilidad de que ocurra un evento no deseado y pueda producir
consecuencias.
Proceso.
Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales
transforman elementos de entrada en resultados (NTC-ISO 9000).
Riesgo.
Combinación de la probabilidad de que ocurra(n) un(os) evento(s) o
exposición(es) peligroso(s), y la severidad de lesión o enfermedad, que puede
ser causado por el (los) evento(s) o la(s) exposición(es) (NTC-OHSAS 18001).
Valoración
de los riesgos. Proceso de evaluar el(los) riesgo(s) que
surge(n) de un(os) peligro(s), teniendo en cuenta la suficiencia de los
controles existentes y de decidir si el(los) riesgo(s) es (son) aceptable(s) o
no (NTC-OHSAS 18001).
VLP.
“Valores límite permisible” son valores definidos por la American Conference of
Governmental Industrial Hygienists (ACGIH). El VLP se define como la
concentración de un contaminante químico en el aire, por debajo del cual se
espera que la mayoría de los trabajadores puedan estar expuestos repetidamente,
día tras día, sin sufrir efectos adversos a la salud. En Colombia, los niveles
máximos permisibles se fijan de acuerdo con la tabla de Threshold Limit Values
(TLV), establecida por la American Conference of Governmental Industrial
Hygienists (ACGIH), a menos que sean fijados por alguna autoridad nacional
competente (Resolución 2400 de 1979 del Ministerio del Trabajo y Seguridad
Social, art. 154).
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